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viernes, julio 15, 2011

Como facturar sin ser autónomo

Después de ver este post, me propuse investigar un poco más para saber hasta que punto se podría realizar facturación sin ser autónomo.
Primero hay que decir que los fundamentos jurídicos que posibilitan este procedimiento son los principios de capacidad económica marcados por el Art 31.1 de la Constitución. Además, existe la consideración de habitualidad que marca la obligación de cotizar en autónomos. Es decir, pesa mucho en la decisión el desempeño habitual de estas actividades o no.

Con esta idea se ha basado el tribunal supremo una sentencia, archivo pdf.
Básicamente se resume en que, ante la ausencia de concreción normativa, entiende que una actividad económica se ejerce con habitualidad cuando el rendimiento anual supera el importe del salario mínimo interprofesional , que para el año 2005 está fijado en 7.182,00 € (Sala de lo Social, sentencia de 29 de octubre de 1997).

Entonces haciéndonos una idea si yo facturo menos de 7.000€ al año ¿Por qué tengo que darme de alta de autónomos? y mejor pregunta ¿Por qué el gobierno no genera una figura de este estilo?
Al final tenemos, aproximadamente SMI (salario mínimo interprofesional) = 600€ / mes y Autonomo: 250€ / mes.

También tenemos que tener en cuenta que si tenemos ingresos por Adsense, hacienda puede tener acceso a ellos en el momento que quiera. En este post lo explican. Y si tienes publicidad directamente en tu blog también te pedirán un contrato y muy posiblemente factura, con lo que estamos en las mismas.


Con esta idea de poder facturar sin ser autónomo, voy a contar una historia inventada, que seguramente parecerá de lo más real:

"Erase una vez, un trabajador de la construcción llamado Manolo. Debido a la crisis se quedó en el paro, y esperando unos meses a que la situación mejorase, se encontró en que habían pasado dos años, el paro estaba a punto de acabarse y su situación económica empeoraba con tintes dramáticos. Conocía a muchos amigos y compañeros de trabajo que se habían quedado en el paro y no les veía con mucho ánimo.
Entonces se le pasó una idea por la cabeza, y conociendo que podía facturar sin ser autónomo inició esta idea. No sabría si funcionaría pero se puso manos a la obra, primero habló con su familia para asimilar la nueva situación y que todos tenían que aportar su granito de arena, luego vendió su coche, para poder comprarse una moto y tener algo de líquido por si las cosas no marchaban bien, y por último se dio de alta en hacienda aunque le miraron con cara de extraterrestre. Y lo que hizo fue simple, habló con las tiendas que conocía de barrio, carnicería, pescadería, frutería, ferretería, ... y los convencío para que ofreciesen un servicio de encargos (basicamente se convertía en el chico de los recados). Los clientes al principio no se fiaban, pero luego poco a poco le fueron pidiendo a las tiendas más y más encargos, que si traeme esta fruta, que si necesito esto de la ferretería, ... y manolo con su moto iba haciendo todo lo que le pedían. Al final de més las tiendas le daban lo acordado y el les generaba la factura. Su negocio fue creciendo y empezó a ofrecer el servicio a restaurantes, tiendas de comida para llevar, pequeñas empresas para envío de documentos en la ciudad, ... Cuando vio que los ingresos mensuales llegaban a 600€, se dio de alta de autónomos. Con su idea pudo vivir su familia y el, y cada día intenta aportar algo nuevo a sus clientes."

¿Creéis que esta historia podría ser real?



Para los aventureros el procedimiento es el siguiente:
  1. Alta en el modelo 036, poner en actividad empresarial independiente y que no es nuestra fuente principal de ingresos ni existe habitualidad.
  2. Dirigir un escrito (a la dirección provincial de la tesorería general de la seguridad social), donde pongamos de donde procede nuestra fuente de ingresos (como por ejemplo blogger), adjuntar copia de alta de hacienda, y poner explicitamente que no va a ser tu actividad principal de ingresos. En 2 (10-15 días) semanas te tienen que contestar si te eximen o no. Si te hacen un silencio es que puedes iniciar actividad. Es importante recalcar que esta actividad no será nuestra fuente principal de ingresos y haremos una estimación de la cantidad mensual de dinero que nos reportarán estas actividades, así como el tiempo en horas que le dedicaremos. La respuesta que nos dará la TGSS va incluir hasta que límites alcanza esa exención de cotización, tanto en igresos mensuales, como en dedicación de manera habitual.
Luego a la hora de hacer la declaración de la renta, en este post explican perfectamente donde hay que poner estos ingresos.


Y como ayuda extra aquí tenéis información genérica recopilada por mi, sobre como crear un plan de empresa y algunos consejos. Podéis aportar todo aquello que queráis.


Aquí os dejo un corto divertido sobre el tema:

8 comentarios:

Anónimo dijo...

ya. pero para poder facturar sin pagar Seguridad social osea autónomos. tienes que tener una actividad principal sustentadora en la que si pagues seguridad social. de ahí se explica que la segunda actividad sea no habitual y no principal y por lo tanto no necesites pagar seguridad social. Eso si no te caigas de la moto cuando curres (que no es un trabajo puesto que no hay SS) porque las facturas del hospital te las van a pasar sin ningún reparo. (chavo)

Unknown dijo...

Esto no es la panacea, y como bien dices puede ser que con alguna actividad te hagan pagar la factura del hospital a no ser que mientas y digas que te lo has hecho cortando jamón.

Esto está pensado para pequeñas actividades y que las puedas facturar, ya que al gobierno se le ha llenado la boca con los autónomos y no han creado un método para poder generar facturas y no tener que pagar los 250€ de seguridad social.
Si haces un trabajo de 300€, ¿te vas a dar de alta como autónomo? Y puede que al mes siguiente no tengas ninguna actividad.

Así va el país.

Un saludo.

Unknown dijo...

Entonces, imagina que trabajas 2 meses en todo el año pq te tocó trabajarlos al final del año y sabes que no vas a llegar a los 7000E, es decir, ganas 2000 mensuales, los meses de noviembre y diciembre, total al año 4000E, ¿puedes hacerte el tonto y no pagar autónomos? si te das de alta en los trabajos en septiembre por ejemplo??

Unknown dijo...

Buenas,

Como poder hacerlo, lo puedes hacer, otra cosa es a nivel práctico si hacienda te lo permitiese. Sería cuestión de arriesgarse y probar.

En principio a hacienda le da igual si estás pagando autónomo o no, a ella le importa el IVA e IRPF. Quien no se lo tomaría tan bien sería la Seguridad Social, que en los tiempos que corren cada vez cruzan más datos con hacienda.

Siento no poderer darte más información.

Un saludo.

Anónimo dijo...

No es factible el ejemplo!! En Absoluto!!

La actividad que Manolo ejerce, al margen de hacienda y seguridad social, entraña cumplir con unas normas de sanidad, como las de llevar cualquier tipo de alimento perecedero en un cajon isotermo homologado... De no cumplir con esa normativa, la multa asciende a 3000€ y en adelante.... Y dile tu al guardia que es que ni eres autonomo ni na de na... vas a ver... de segundo... el seguro del vehiculo... ningun seguro se hara cargo ni del vehiculo, ni del conductor, cuanto si menos de la mercancia que transportes... y si alguno lo hace, que se prepare Manolo a pagar el Super seguro a terceros!!

Es que no os dais cuenta, de que todo esta ligado de forma que tengas por cojones que entrar por el aro??
Que vivimos en un pais donde los simverguenzas se hacen llamar politicos, y los politicos, son ciudadanos sin derechos a excepcion de previo pago por los mismos!! Hacer facturas sin ser autonomo... la panacea!! El que invento la Ley invento la Trampa!! Y en este caso en concreto, la trampa, esta para que esos ingresos extra que no superen el minimo interprofesional, sean aprovechables por hijos de su madre con sueldos de mas de 3000€, con abogados y asesores de altos vuelos, que aplican la ley a favor del cliente que generosamente les paga sus honorarios!!! Es que somos idiotas!!?? Pues si!!

Aqui si quereis currar... a pagar!! y si os va mal... Os Jodeis!! Como toda la P... vida!!

Unknown dijo...

En parte si y en parte no.

En este país el tema de la Alimentación está muy legislado, por lo que es muy complicado generar negocio, pero transportar mercancías con una moto no creo que hubiese problema.

Y como bien dices los mayores ladrones cumplen la ley y van de chaqueta y corbata y el resto a pagar.

Gracias por tu comentario.

Anónimo dijo...

Mi duda es: si una persona ya esta dada de alta de autonomos porque es Administradora de una empresa de formación y aparte realiza de forma puntual venta ambulante de productos de artesanía en mercados, es necesario que haga constar en hacienda esa otra actividad si no es fuente de ingreso principal?

Unknown dijo...

No te puedo decir con seguridad que hacer porque yo no me dedico a esto, simplemente aprendí esto y puede serle útil a alguien.

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